martes, 14 de junio de 2011

Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1793)

Luego de la Toma de la Bastilla en 1789, hecho que se recuerda como hito de la Revolución Francesa, una Asamblea Nacional establece la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (artículos analizados en la entrada anterior). Esta fue la base de la Constitución francesa de 1791.
Sin embargo, dos años después, en 1793, se amplió la primera versión, conocida como la Declaración de los Derechos del Hombre (a continuación analizaré algunos de sus artículos). Esta fue aprobada y incorporada a la nueva Constitución de 1793.
Más tarde, es seguida por la Declaración de los Derechos y Deberes del Hombre y del Ciudadano de 1795 en la Constitución de este año.

"I. El fin de la sociedad es el bienestar común. El gobierno es instituido para garantir al hombre el goce de sus derechos naturales e imprescriptibles.

Los ciudadanos tienen el deber de asegurar la convivencia sana entre todos sus miembros (bien común). El gobierno debe cumplir la función de garantizar esta convivencia.

II. Esos derechos son la igualdad, la libertad, la seguridad y la propiedad.

Es igual al artículo II de 1789.

XVIII. Todo hombre puede vender sus servicios y su tiempo, pero no puede venderse o ser vendido. Su persona no es una propiedad enajenable. La ley no reconoce la domesticidad; no puede haber más que un contrato de cuidados y de reconociendo entre el hombre que trabaja y el que le emplea.

El hombre no pude ser vendido como si fuera un objeto, es decir, no puede ser esclavizado. Una persona no es propiedad de nadie, sólo puede existir un contrato de trabajo entre el empleador y el empleado.

XXI. Los socorros públicos son una deuda sagrada. La sociedad debe la subsistencia a los ciudadanos desgraciados, sea procurándoles trabajo o sea asegurando los medios de existir a quienes están fuera de estado de trabajar.

Esto significa que la sociedad tiene el deber de asegurarle a todas las personas la cobertura de todas sus necesidades (alimentación, salud, vivienda, etc), especialmente a aquellos que no puedan trabajar (ancianos, niños, discapacitados , etc).

XXII. La instrucción es necesidad de todos. La sociedad debe favorecer con todo su poder los progresos de la razón pública y poner la instrucción al alcance de la mano de todos los ciudadanos.

Significa asegurar a todos el derecho a la educación.

XXVII. Que todo individuo que usurpe la soberanía sea al instante muerto por los hombres libres.


Esto quiere decir, que aquella persona que tome el poder (del gobierno) por la fuerza o sin el visto bueno del pueblo tiene que ser asesinado. Obviamente este un derecho que no ha quedado en vigencia en la actualidad.

XXX. Las funciones públicas son esencialmente temporarias; no pueden ser consideradas como distinciones ni como recompensas, sino como deberes.

 Todos los cargos en el gobierno o públicos son por tiempo determinado. Por ejemplo, en nuestro país, el presidente puede estar a cargo del Poder Ejecutivo Nacional por cuatro años, es por eso que una vez finalizado su mandato debe realizarse elecciones.

XXXII. El derecho de presentar peticiones a los depositarios de la autoridad pública no puede, en ningún caso, ser prohibida [...].

Es decir, los ciudadanos pueden pedir o reclamar por un derecho a las autoridades cuando les parezca necesario.

XXXIV. Hay opresión contra el cuerpo social cuando uno sólo de sus miembros es oprimido [...].


Opresión significa la privación de las libertades de una persona. Entonces existe opresión en la sociedad cuando un sólo miembro de ésta es oprimido.

XXXV. Cuando el gobierno viola los derechos del pueblo, la insurrección es para el pueblo y para cada porción del pueblo el más sagrado de los derechos y el más indispensable de los deberes."

El gobierno es el encargado de defender los derechos de los ciudadanos. Si éste no cumple con su deber, el pueblo puede revelarse y exigir a la autoridad que cumpla sus obligaciones. Recuerden que en el año 2001 en nuestro país, durante la dura crisis que sufrió nuestro país y la inacción (no acción) de nuestros gobernantes en aquel momento, el pueblo se manifestó en contra de la dirigencia política (insurrección) y comenzó a manifestarse por medio de los "cacerolazos" y "piquetes" en la calle. Esto llevó a la renuncia del presidente Fernando De la Rúa y los ministros. Lo mismo está haciendo el pueblo español en estos días por medio del Movimiento 15-M o "Indignados" con sus reclamos de "Democracia Ya".

4 comentarios: